968 240 411 - 639 89 16 82 aedem.murcia@gmail.com

El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) ha publicado la convocatoria de ayudas destinadas al alquiler de viviendas en la Región de Murcia con las cuales se satisface la renta mensual hasta en un 50%, según el caso. A continuación os dejamos con toda la información.

Cuantía y duración de la ayuda

La ayuda alcanzará el 40% de la renta mensual o el 50% si las personas beneficiarias tienen más de 65 años. En el caso de que haya más de una persona beneficiaria, la cuantía de la ayuda que corresponda a cada una se obtendrá dividiendo la cuantía total a conceder entre ellas.

Se excluye del precio de la renta de la vivienda los garajes, trasteros y anejos de esta.

La ayuda se calculará por meses naturales computados a partir del 1 de enero de 2020, adaptándose el período de concesión a la vigencia del contrato de arrendamiento, y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2022.  Si la fecha de entrada en vigor del contrato es posterior al 1 de enero de 2020, la resolución de reconocimiento de la ayuda surtirá efectos a partir del primer día del mes siguiente a la entrada en vigor del contrato.

Destinatarios

La ayuda está destinada a ciudadanos residentes en la Región de Murcia con edad igual o superior a 18 años.

Requisitos

  • Personas físicas titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual y permanente vigente en el momento de presentar la solicitud.
  • Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • Que las  personas solicitantes sean mayores de edad en la fecha de presentación de la solicitud.
  • La vivienda debe estar situada en la Región de Murcia.
  • Debe destinarse, durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda, a domicilio habitual y permanente.
  • La renta establecida en el contrato de arrendamiento no debe superar la cuantía total de 500€ mensuales, excluido el importe de garajes, trasteros, gastos de comunidad o de cualquier otro tipo.

Plazo de presentación

Del 9 de octubre de 2021 al 22 de noviembre de 2021.

Documentación a presentar

Puedes presentar tu solcitud cumplimentando el siguiente documento:

Si lo deseas, también puedes presentarla online en sede electrónica:

En ambos casos, además del modelo de solicitud necesitarás la siguiente documentación:

  • Contrato (Obligatorio/No original)
    Contrato de arrendamiento en vigor con inclusión expresa del importe del alquiler, medio y forma de pago a la persona arrendadora.
  • Escrituras o documentos del Registro de la propiedad (Obligatorio/No original)
    Nota simple del Registro de la Propiedad que acredite la propiedad de la vivienda arrendada por parte de la parte arrendadora.
  • Certificado municipal de residencia y/o convivencia (Obligatorio/No original)
    Volante o certificado de empadronamiento colectivo en el que conste, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio en la vivienda por cuya renta se solicita la ayuda (acreditativo de la composición de la unidad de convivencia de las personas solicitantes).

Resolución

La ayuda tiene un plazo de resolución de 3 meses.

Te ayudamos a presentar la documentación

Si tienes cualquier consulta, no dudes en pedir cita con Chema, nuestro trabajador social.